Toman vigencia iniciativas de la Diputada Alma Higuera Esquer en favor de las mujeres sonorenses.

El pasado 6 de marzo del presente año fue publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonoras, el Decreto Número 99 que contiene diversas reformas y adiciones a la Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en el Estado de Sonora y a la Ley de Gobierno y Administración Municipal, que tienen por objeto erradicar cualquier estereotipo machista del marco legal de la entidad, así como la obligatoriedad de los Ayuntamientos para establecer “Gabinetes Paritarios” y la creación de unidades administrativas que atiendan de manera exclusiva a las mujeres.

Con la publicación del Decreto número 99, toman vigencias los planteamientos hechos valer por la Diputada Alma Higuera Esquer, para desde el ámbito estatal se adopten las medidas necesarias para erradicar la violencia contra las mujeres en cualquier ámbito de la sociedad, así como establecer medidas que aseguren la corresponsabilidad igualitaria en el trabajo, remuneración económica y la vida personal y familiar de las mujeres y hombres.

En el mismo sentido, se establece que el Estado debe promover prácticas de comunicación social de las dependencias de la Administración Pública, así como en los medios masivos de comunicación electrónicos e impresos a su disposición; se eliminen el uso de estereotipos sexistas y discriminatorios e incorporen un lenguaje incluyente.

Por otro lado, en el ámbito municipal, los ayuntamientos deberán determinar una unidad administrativa para coordinar el Sistema Municipal de atención hacia las mujeres.

Respecto a las reformas a la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se fortalece el mecanismo para integrar gabinetes paritarios, por lo que de manera obligatoria, las personas titulares de la administración pública municipal, deberán designarse con estricto apego al principio de paridad, ya que actualmente en la mayoría de los ayuntamientos no se cumple con esta norma.

Para dar cumplimiento a las reformas contenidas en el Decreto, una vez entrado en vigor; las autoridades municipales dispondrán de 60 días naturales para actualizar las disposiciones legales o normativas correspondientes, a efecto de dar cumplimiento con el objeto de dicho decreto.